Análisis de impacto de la Reforma Laboral (Ley 27.802) en la Ley de Contrato de Trabajo
Desde Económicas UNICEN promovemos el análisis y la difusión de los temas que impactan en el ejercicio profesional de las Ciencias Económicas. En ese marco, compartimos una síntesis realizada por el especialista en la materia Cr. Luis Pérez Pinto, de los principales cambios introducidos por la Ley 27.802 en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), una reforma que incorpora modificaciones relevantes en materia de contratación, registración laboral, licencias, jornada de trabajo e indemnizaciones, entre otros aspectos de interés para profesionales, empresas y organizaciones.
Análisis de los cambios
La reciente reforma introduce una cantidad importante de cambios en la Ley de Contrato de Trabajo. A continuación se detallan los principales cambios que impactan en las tareas diarias de los profesionales de Ciencias Económicas.
- Período de prueba (Art. 92 bis): Se mantiene el instituto, pero bajo la estricta condición de registración desde el día uno. Desaparece la obligación del preaviso extintivo durante este lapso.
- Contrato a tiempo parcial (Art. 92 ter): Se suprime el límite rígido de las dos terceras partes (2/3) de la jornada habitual. Se permite la libre fijación de la fracción horaria y se habilita la realización de horas suplementarias voluntarias. Esto optimiza la asignación del factor trabajo según los ciclos de demanda de la firma.
- Bancos de horas: Se faculta a las empresas y representaciones sindicales a negociar mediante Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) sistemas de compensación de horas extraordinarias por francos compensatorios.
- Fraccionamiento de vacaciones: Se permite fraccionar las vacaciones en tramos mínimos de 7 días mediante mutuo acuerdo, reduciendo las ineficiencias de cobertura del puesto.
- Conceptos no remunerativos: Se amplía de manera taxativa el listado de beneficios sociales y prestaciones complementarias (servicios de conectividad, plataformas, guarderías) excluidos del carácter remunerativo.
- Indemnización por antigüedad base de cálculo: Al calcular la indemnización por antigüedad, se mantiene la fórmula de un mes de sueldo por año de servicio, pero se excluyen formalmente el Sueldo Anual Complementario (SAC), las vacaciones no gozadas, las gratificaciones extraordinarias y las horas extras.
- Establecimiento de topes (precedente Fallo Vizzoti): La base salarial no podrá exceder tres (3) veces el salario promedio del CCT aplicable. No obstante, se fija una garantía de piso mínimo: el tope no podrá licuar la base real por debajo del 67% de la remuneración mensual, normal y habitual del trabajador.
- Alternativa del Fondo de Cese Laboral: Se autoriza a sustituir el esquema indemnizatorio tradicional por fondos o sistemas de cese (mediante negociación colectiva), articulados en sintonía con la puesta en marcha del Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Esto transforma un costo contingente hundido (indemnización por despido) en un costo financiero previsible y periódico para las empresas.
- Licencias por enfermedad: Se prevé que los certificados médicos emitidos por los facultativos deben ser con firma digital y en caso de discrepancia entre los certificados médicos de habilita una Junta Médica para una tercera opinión.
- El certificado del Artículo 80: Se realiza por la página de ARCA ya sea en forma física o se agregó en forma digital, se modificó la cantidad de días para entregarlo y se eliminó la multa económica por la no entrega.
- Cómputo del reingreso del trabajador: Si entre la extinción de la relación laboral y la nueva incorporación transcurrieron más de 2 años, la antigüedad anterior no se toma en cuenta.
- Desaparición del libro de sueldos y jornales: Con el alta del trabajador en ARCA es suficiente para la registración del trabajador.
- Remuneración del trabajador: Solo puede abonar en cuentas bancarias, no en efectivo ni billeteras electrónicas, bajo pena de desconocimiento del pago.
La comprensión de estos cambios resulta fundamental para quienes intervienen en la gestión laboral y el asesoramiento organizacional. Desde Económicas UNICEN continuaremos generando espacios de análisis y divulgación sobre las transformaciones normativas que impactan en el ámbito profesional, contribuyendo al debate informado y al fortalecimiento de las capacidades técnicas de nuestra comunidad académica y profesional.